Una de las claves para afianzar nuestro rol como escritor y sentar una marca en el mundo editorial, es el uso del seudónimo, pues hoy en día existe una idea generalizada de que un seudónimo atractivo nos ayudará a atraer mayor público y por ende vender más. Sí y no.
La elección sobre escribir o no mediante el seudónimo puede conducir a dudas, y es que nadie nos prepara para ello. No existen cursos, talleres ni tutores que nos guíen de manera clara sobre el asunto, por lo que nos aventuramos como borregos al matadero usando nombres rebuscados, extranjeros e incluso menos seductores que el nombre real. 10 preguntas que debes hacerte antes de elegir un seudónimo.
Desconozco si esto sucede en otros países, pero en este artículo te explicaré lo que empezó siendo una desventura pero que, para fortuna, terminó con una gran victoria.
Cuando hace algunos años me convertí en Piper Valca adopté con firmeza el papel de escritor. Debía creerme que era Piper Valca, por lo que me registré en todas las paginas existentes con ese nombre e iba de aquí para allá explotándolo, dándolo a conocer. Hasta ese momento, fácil. Nadie te impide que en los espacios Username o Usuario pongas lo que te da la gana.
Cuando hace algunos años me convertí en Piper Valca adopté con firmeza el papel de escritor. Debía creerme que era Piper Valca, por lo que me registré en todas las paginas existentes con ese nombre e iba de aquí para allá explotándolo, dándolo a conocer. Hasta ese momento, fácil. Nadie te impide que en los espacios Username o Usuario pongas lo que te da la gana.
Abrí el blog Antro Narrativo, participé en concursos literarios, modifiqué las redes sociales y poco a poco fui transfigurando en Piper Valca.
No fue hasta que inicié el registro de mis obras en la Dirección Nacional de Derechos de Autor de Colombia, que recibí la primera sacudida.
¿Ves al chico llorón? Ese soy yo intentando registrar mi seudónimo |
El proceso de registro en línea es lo más sencillo y básico que existe, una serie de pasos y listo:
1. Vas a la página Dirección Nacional de Derecho de Autor.
2. Das clic en Registro de Obras.
3. Allí te registras como usuario nuevo.
4. Una vez registrado puedes acceder directamente al Registro en línea. Ingresas con tu usuario y contraseña.
5. A tu izquierda encontrarás el menú TRÁMITES y en él debemos escoger qué proceso llevaremos a cabo: Obra literaria inédita o editada, Obra musical, Obra artística, Obra audiovisual, Software, etc.
A partir de este momento inicias el trámite como tal. Es muy intuitivo y te va solicitando paso por paso. Veamos.
1. Vas a la página Dirección Nacional de Derecho de Autor.
2. Das clic en Registro de Obras.
3. Allí te registras como usuario nuevo.
4. Una vez registrado puedes acceder directamente al Registro en línea. Ingresas con tu usuario y contraseña.
5. A tu izquierda encontrarás el menú TRÁMITES y en él debemos escoger qué proceso llevaremos a cabo: Obra literaria inédita o editada, Obra musical, Obra artística, Obra audiovisual, Software, etc.
A partir de este momento inicias el trámite como tal. Es muy intuitivo y te va solicitando paso por paso. Veamos.
Paso 1. Datos del solicitante: identificación, dirección y la calidad de representante.
Paso 2. Datos del autor o autores: no necesita explicación.
Paso 3. Datos de la obra: aquí debo explayarme.
Todo empieza muy bien, ingresas los datos de la obra y te detienes en el punto número 3. Por la forma que se da a conocer el autor. Cuando quieres registrarte por el seudónimo y haces clic en el signo de interrogación que está al lado, aparece el siguiente mensaje:
¿Declaración de seudónimo efectuada ante notario público? Si yo solo deseo inscribir mi obra con el seudónimo Piper Valca, no más. Además, ya he ingresado mis datos personales, que más necesitan.
En fin, desistí del seudónimo y al día de hoy todas mis obras se encuentran registradas bajo mi nombre real.
Sin embargo, inconforme con ello, con el tiempo me dirigí a la Notaria de la ciudad buscando aclarar todo el asunto. Tras unos minutos en sala de espera, logré expresar mi deseo al notario, quien manifestó desconocer en qué consistía "eso del seudónimo" y preguntó si acaso "era mi alias". Finalmente, como buen empleado público, prometió hacer llegar la duda a sus superiores y se despidió con una alabanza hacia mis pretensiones de ser escritor.
Ansioso por resolver la situación me comuniqué vía telefónica con cuanta entidad dedicada al notariado y registro existe en Colombia, empezando por Bogotá, la capital. Tan solo logré aumentar la tarifa telefónica, pues fui enviado de asesor en asesor sin lograr nada útil.
Bastante molesto envié cientos de correos electrónicos a las oficinas jurídicas disponibles en cada pagina web dedicada a los derechos de autor, y tras meses de silencio me llegó una respuesta que en resumen decía lo siguiente:
El registro del seudónimo debe efectuarse en una notaría por escritura pública en la cual se certifique la modificación o alteración de mi nombre, en el sentido de incluirse el seudónimo.
El cambio de nombre podrá hacerse solo una vez, pues será adicionado en el registro civil de nacimiento.
La inscripción puede hacerse en cualquier notaria, mientras que la modificación es otorgada en la misma notaría donde se encuentre el registro.
¿Cambio de nombre? No quiero cambiar mi nombre, me gusta tal como es. ¡Deseo registrar mi seudónimo!
Inmediatamente, con documento en mano, me dirigí a la notaria de la ciudad y tras una agradable conversación con la notaria, me explicó que registrar el seudónimo acarreaba la modificación de absolutamente TODOS los documentos, papeles, registros, diplomas y estudios donde aparezca mi nombre real, lo cual sonaba demasiado engorroso, complicado y con seguras repercusiones negativas en mi vida personal.
En ese momento solo podía pensar en una cosa: registrar el seudónimo en una notaria modificaría mi nombre en la cédula de ciudadanía y tendría que ir, por ejemplo, a la Universidad y solicitar que se incluya el seudónimo en el nombre que aparece en el diploma y en el acta de grado. Así en absolutamente todos los registros.
¿Sería el fin de mi corta carrera seudonística? Para nada.
Luego de mi desventura, he aquí...
Cómo registrar tu seudónimo en una notaría
A quien debemos agradecer es a Mary Heathcliff. Lo que debemos hacer si queremos registrar nuestro seudónimo como lo solicita la página de Derechos de autor es lo siguiente:
1. Ir a la Notaría segunda de Bogotá (una de las que aconseja Derecho de Autor).
2. Realizar una declaración extraproceso. En el siguiente enlace nos explican qué es y cómo se hace. Declaración extraproceso. Según Mary, no te tardas ni media hora.
Igualmente, la usuaria nos regala una copia de su declaración, para que solo sea cambiar los datos personales y tal y pascual. Puedes descargar el modelo para seudónimo aquí.
¡Listo! Ahora puedes regresar a la página de Derechos de Autor y seguir con el paso 4.
Paso 4. Transferencia de derechos y archivos adjuntos: aquí indicamos si transferimos los derechos patrimoniales a un tercero. Finalmente, subimos el archivo.
Hemos terminado. Tu obra ha sido registrada en Derechos de Autor usando el seudónimo que seleccionaste.
¿Cómo te ha parecido este artículo? ¿Te sirvió? ¿Publicas con seudónimo? Comparte si crees que puede ayudar a más autores.
¿Sería el fin de mi corta carrera seudonística? Para nada.
Luego de mi desventura, he aquí...
Cómo registrar tu seudónimo en una notaría
[Solución]
A quien debemos agradecer es a Mary Heathcliff. Lo que debemos hacer si queremos registrar nuestro seudónimo como lo solicita la página de Derechos de autor es lo siguiente:
1. Ir a la Notaría segunda de Bogotá (una de las que aconseja Derecho de Autor).
2. Realizar una declaración extraproceso. En el siguiente enlace nos explican qué es y cómo se hace. Declaración extraproceso. Según Mary, no te tardas ni media hora.
Igualmente, la usuaria nos regala una copia de su declaración, para que solo sea cambiar los datos personales y tal y pascual. Puedes descargar el modelo para seudónimo aquí.
¡Listo! Ahora puedes regresar a la página de Derechos de Autor y seguir con el paso 4.
Paso 4. Transferencia de derechos y archivos adjuntos: aquí indicamos si transferimos los derechos patrimoniales a un tercero. Finalmente, subimos el archivo.
Hemos terminado. Tu obra ha sido registrada en Derechos de Autor usando el seudónimo que seleccionaste.
¿Cómo te ha parecido este artículo? ¿Te sirvió? ¿Publicas con seudónimo? Comparte si crees que puede ayudar a más autores.
Vaya! Pues qué complicado,no lo hubiese dicho nunca, la verdad. Gracias por compartir tu experiencia! Avisadxs estamos!
ResponderEliminarUn abrazo
Hola Tere. Yo tampoco lo hubiese imaginado y por eso creo que todos deben saber de esta situación. De todas maneras espero que esto no nos desanime a continuar escribiendo, sea con seudónimo o sin él. Cuídate mucho y un placer
EliminarGracias por la experiencia. Me parece de un absurdo que asusta. En España dice esto: http://es.tldp.org/COMO-INSFLUG/COMOs/Propiedad-Intelectual-Como/Propiedad-Intelectual-Como-2.html "2. Conceptos y definiciones 2.1 Definiciones La propiedad intelectual de una obra literaria, artística o científica corresponde al autor por el sólo hecho de crearla. Se considera autor a la persona natural que crea alguna obra artística, científica o literaria. Se presumirá autor, salvo prueba de lo contrario, a quien aparezca como tal en la obra, mediante su nombre, firma o signo que lo identifique. Cuando la obra se divulgue en forma anónima o bajo seudónimo o signo, el ejercicio de los derechos de propiedad intelectual corresponderá a la persona natural o jurídica que la saque a la luz con el consentimiento del autor, mientras éste no revele su identidad. La divulgación de una obra es toda expresión de la misma que, con el consentimiento del autor, la haga accesible por primera vez al público en cualquier forma.". Afortunadamente, nunca se me ocurrió ponerme seudónimo.
ResponderEliminarMe parece lo más sensata y coherente esa definición. La aplaudo.
Eliminarhttp://www.mipatente.com/la-dificil-tarea-de-proteger-un-seudonimo/
ResponderEliminarPara Roberto Caldera.
EliminarMe parece sumamente importante el seudónimo: Pues un gran número de concursos de cuento, novela, guiones, dramaturgia; y muchos otros de otra índole: lo exigen... Además, si tú escribes algo muy picante o peligroso: en contra del estado u religiones peligrosas u en contra de alguna persona peligrosa... si no lo haces con un Alias o seudónimo, tu vida correría peligro... Además, el seudónimo se convierte en un sello u huella muy personal de ti... que tú solamente sabes que es tú Alias... Además, se supone que pasaría a ser algo así como una patente que te pertenece y en caso de una demanda por el uso indebido de alguien... tú tendrías todas las de ganar... La verdad que a mí me parece que es de gran importancia: el seudónimo
Una auténtica lástima que tengas que hacer tanto para registrar tu seudonimo.
ResponderEliminarPero yo ahora pregunto: ¿Por qué no registrar tus obras con tu nombre real? Ya usarás el seudónimo para publicar ¿no? Pienso que es lo mejor, al fin y al cabo el registro intelectual solo concierne a tí. De esa manera cuando fueras a reclamar algo, bastaria mostrar tu acreditación.
Me parece sumamente importante el seudónimo: Pues un gran número de concursos de cuento, novela, guiones, dramaturgia; y muchos otros de otra índole: lo exigen... Además, si tú escribes algo muy picante o peligroso: en contra del estado u religiones peligrosas u en contra de alguna persona peligrosa... si no lo haces con un Alias o seudónimo, tu vida correría peligro... Además, el seudónimo se convierte en un sello u huella muy personal de ti... que tú solamente sabes que es tú Alias... Además, se supone que pasaría a ser algo así como una patente que te pertenece y en caso de una demanda por el uso indebido de alguien... tú tendrías todas las de ganar... La verdad que a mí me parece que es de gran importancia: el seudónimo
EliminarHola, Roberto. Fue curiosidad lo que me llevó a esa investigación, pues desde un principio he registrado con mi nombre real. Simplemente me parece una gran falla del sistema solicitar el registro del seudónimo cuando existe un gran desconocimiento de las entidades responsables de esta labor, y las consecuencias son nefastas. Creo que debería analizarse ese punto en la oficina de registro de autor.
ResponderEliminarGracias por pasarte
Para Piper Valca.
EliminarMe parece sumamente importante el seudónimo: Pues un gran número de concursos de cuento, novela, guiones, dramaturgia; y muchos otros de otra índole: lo exigen... Además, si tú escribes algo muy picante o peligroso: en contra del estado u religiones peligrosas u en contra de alguna persona peligrosa... si no lo haces con un Alias o seudónimo, tu vida correría peligro... Además, el seudónimo se convierte en un sello u huella muy personal de ti... que tú solamente sabes que es tú Alias... Además, se supone que pasaría a ser algo así como una patente que te pertenece y en caso de una demanda por el uso indebido de alguien... tú tendrías todas las de ganar... La verdad que a mí me parece que es de gran importancia: el seudónimo
Hola, Piper. Justo estaba inscribiendo mi obra en línea y también deseaba ingresar mi seudónimo. Por esta razón, quise saber más sobre el tema y, de hecho, iré mañana mismo a la notaría a preguntar sobre el tema; sin embargo, con lo que nos cuentas, ya voy preparada para lo peor. La duda que tengo es si puedo seguir firmando con mi seudónimo en mis obras que participen en concursos aunque el registro esté hecho a mi nombre.
ResponderEliminarHola, anónimo. Me gustaría que me contaras cómo te va con la notaría. En cuanto a lo de firmar con seudónimo en concursos, no creo que haya problema. Cuídate
Eliminar¿Entonces cómo hago para que mi obra se publique con mi seudónimo (no registrado ni escriturado aún), y no tenga que afectar mi nombre y por consiguiente todos mis "papeles" ???
ResponderEliminarHola, anónimo. No creo que haya mucho de qué preocuparse por el hecho de no poder registrar tu seudónimo. El proceso que leíste en el artículo vale para registrar tu obra en derechos de autor, pero registrarlo con tu nombre real no afecta para nada la publicación con seudónimo. Al fin y al cabo, para publicar debes firmar un contrato con una editorial o registrarte con tus datos reales, si es autopublicación. Simplemente quedará explicito que quieres darte a conocer con un seudónimo, pero para cobrar regalías, cheques y demás, se hará bajo tu nombre real.
EliminarAl fin y al cabo no podrás abrir una cuenta de banco para que te consignen el pago con tu nombre de seudónimo. Y si es por problemas de plagio y demás, pues posees todas las pruebas de que eres el autor.
Lo que me llevó a todo ese proceso fue la curiosidad de a qué se refería la página con eso de seudónimo registrado en notaria.
Espero que te haya servido. Cuídate mucho, Anónimo
Anónimo no:
ResponderEliminarSeudónimo Embolatado.
Puedo opinar que los funcionarios de las notarías, e incluso de la superintendencia de notariado, NO SABEN lo que hacer ante una solicitud de Declaración de Seudónimo.
Lo digo por experiencia: De 37 notarías en que he preguntado, solo en 7 me han contestado (pretendiendo saber lo que responden), luego de preguntarse entre compañeros. Me han contestado con lo que ellos creen que es la respuesta más correcta. Y en todas he recibido respuesta DIFERENTE. De las pocas notarías en que me han contestado, solo en una me dijeron (las abogadas) (luego de dudar por largo tiempo) que la Declaración de Seudonimo realizada por escritura SÍ afectaría los demás documentos, afectando, pues, el nombre en sí.
En otras 3 notarías me dijeron que ese seudónimo era para usarlo para los efectos de autor y NO AFECTA EN NADA la identidad para otras cuestiones cotidianas o normales (para lo que la usamos todos)... ... ...
Así que comparto en gran parte tu experiencia, tu preocupación y tu "DESVENTURA", pero aún sigo creyendo que se puede registrar el seudónimo sin afectar el nombre directamente y por consiguiente la cédula y todos los documentos de uno.
Espero que así sea.
Sin embargo, aún no se sabe, pues sigo solicitando información en diferentes notarías y aún no encuentro una clara y definitiva. (Hoy fui a la notaría)
Igualmente no existe tal información CLARA y DEFINIDA en ningún documento que haya podido encontrar ni en ninguna página web oficial de las notarías o registradurías. Entonces...
¡¿Quién podrá ayudarnos?!
¿El Chapulín o Roberto Gómez Bolaños, cómo es la cosa?
Atte
Seudónimo Embolatado.
O Chaparrón Bonaparte, o El Chavo del ocho. Quién sabe.
EliminarEs interesante como confirmas la falta de conocimiento sobre esta legislación en las entidades encargadas de tal. Lo que puedes hacer, Seudónimo Embolatado, es registrarte con tus datos reales y, aunque suene demasiado obvio, firmar con tus datos reales los contratos, cesiones y demás procesos. El seudónimo en este caso es para efectos de mercadeo, pero en ningún momento pierdes tu propiedad.
Espero haya sido de tu utilidad... ¡¿37 notarias?! Vaya que te has dedicado a investigar.
Sí señor.
ResponderEliminarGracias, Piper.
Hoy voy a ir a las notarías 2, 9 y 42, que, según información que me dieron en la dirección DNDA, en esas "sí saben cómo se hace lo del seudónimo", incluso una funcinaria de la DNDA, opinando contrario a otra, opina que sí se puede hacer tal declaración, sin afectar la identidad.
Éxitos, Piper
Seudónimo Embolatado.
Hola, seudónimo. Estaré a la espera de información. Qué aventura te has currado
EliminarVaya... Mayo de 2019. Aún parece que las notarías no tienen el conocimiento que DEBERÍAN en el tema. Estoy en el Valle del Cauca; en el municipio de Candelaria no tienen la mínima idea. Iré a Cali a averiguar, si en la primera muestran desconocimiento... Me tocará ir hasta Bogotá. Es una excelente labor la que hiciste con este tema.
EliminarSaludo Piper
Hola seudónimo y piper, ando con el mismo problema, unos me dicen que es una declaración extrajuicio y otros que se necesita una escritura pública, probaré con las notarías que mencionaron, ustedes son la única fuente en la que al menos dan una idea del asunto.
ResponderEliminarHola, es un tema peliagudo y desconocido en Colombia, pero creo y estoy convencido de que registrar tu novela o relato con tu verdadero nombre no debe ser ningún impedimento. Al fin y al cabo, lo importante es sostener la propiedad intelectual de la obra.
EliminarGracias. de verdad busqué mucho y solo este blog me aclaró algunas de las las dudas, aunque creo que hay forma de registrar un seudónimo como marca comercial.
ResponderEliminarHola, qué bueno que te sirvió y lo de marca comercial no lo tenía en mente. Muchas gracias, revisaré sobre el tema.
EliminarPara Piper Valca.
ResponderEliminarMe parece sumamente importante el seudónimo: Pues un gran número de concursos de cuento, novela, guiones, dramaturgia; y muchos otros de otra índole: lo exigen... Además, si tú escribes algo muy picante o peligroso: en contra del estado u religiones peligrosas u en contra de alguna persona peligrosa... si no lo haces con un Alias o seudónimo, tu vida correría peligro... Además, el seudónimo se convierte en un sello u huella muy personal de ti... que tú solamente sabes que es tú Alias... Además, se supone que pasaría a ser algo así como una patente que te pertenece y en caso de una demanda por el uso indebido de alguien... tú tendrías todas las de ganar... La verdad que a mí me parece que es de gran importancia: el seudónimo
Interesante post e interesantes comentarios. Comparto mi experiencia. Me pasó algo similar a ti: me dijeron que se hace mediante escritura pública y que afecta mi cédula, diplomas y más. No es eso lo que queremos. Entonces hablé con un abogado y me dijo: con una declaración extrajuicio bastaría, pero (siempre hay un pero) eso no lo hacen en cualquier notaría, porque al no ser una declaración extrajucio "convencional" te miran feo y te dicen que ese trámite no existe. El asunto no parece grave: registras con el nombre real y publicas con seudónimo. Pero en mi caso sí... estoy por mudarme a otro país y necesito que conste allá que yo-real soy yo-autora, y en ese país (que sí son organizados) no entienden el desorden colombiano. En fin, el abogado quedó de preguntar en una notaría donde él tiene amigos a ver si allá me ayudan. Saludos.
ResponderEliminarHola, Mary. Perdón por tardar tanto en contestarte. Estuve en cama varios meses y hasta ahora puedo ponerme en esta tarea. Lo que dices me interesa bastante. Si tu abogado logra resolver este dilema te agradezco nos lo compartas. Besos
EliminarTe cuento que a la fecha ha sido imposible. En todas las notarías que he visitado sacan el mismo cuento "eso es un trámite, por escritura pública, bla, bla, bla" y por más que les explico qué es lo que quiero, no lo hacen. Seguiré buscando, no quiero rendirme sin agotar el último recurso.
EliminarAmigo estoy en el mismo proceso, pero a la notaria a la que fui me dijeron que basta con una declaracion notariada donde declare que uso el nombre pseudonimo para publicar mis obras, creo que no es mas, al menos eso me explicaron en la notaria.
ResponderEliminar¿En qué notaría es?
EliminarHola amigo, me comunique con las oficinas de derechos de autor y ellos me explican que el unico sitio donde hacen estos pseudonimos son en la notaria 2, 9 y otra que no recuewrdo de bogota, espero puedas averiguar y nos heches una mano con eso.
ResponderEliminarHola, El limperio73. Pues nuestra amiga Mary Heatchliff ya lo consiguió (en el comentario de abajo). Y otro colega también pero se comunicó a mi correo. Esta semana subiré una entrada hablando del tema y agradeciendo a todos los que se han tomado la tarea de averiguar.
Eliminar¡Por fin! Parece que lo he conseguido.
ResponderEliminarFui a la notaría segunda de Bogotá (una de las que aconseja Derecho de Autor). Pregunté y el funcionario me dijo que se podía con una declaración extraproceso. La hice y no me miraron raro ni me dijeron que tenía que hacer una escritora pública que modificara mi nombre, ni nada de eso. No me tardé ni media hora. Aquí esta: https://goo.gl/MKYJ8J Si bien en Derecho de Autor tengo mis obras a mi nombre real (y lo seguiré haciendo así) por lo menos ya hay algo que pueda identificarme con mi seudónimo.
Saludos.
¡Enhorabuena! Lo he leído y me parece excelente. Voy a imprimirlo y llevarlo como guía a la notaria de mi ciudad a ver qué me dicen. Por lo que veo, los escritores somos seres obstinados y no nos damos por vencidos fácil.
EliminarMuchas gracias.
Que experiencia tan desagradable. Bueno el solo hecho de tener que ir a una notaria, ya lo es.
ResponderEliminarTe toco ir de frente contra un muro. Eso refleja la incompetencia de los funcionarios de notaría, cualquier cosa distinta a autenticar firmas y hacer escrituras, lo desconocen. En la mayoría de veces, la única preparación de ese funcionario, es la del brazo, para apuntillar el matasellos cien veces por día.
Agradezco el dato de Mary Heathcliff, haré la diligencia.
Muchas gracias.
Sí, es muy desagradable, menos mal que los lectores han dejado en sus comentarios cómo solucionar ese problema por medio de sus experiencias personales. Cualquier cosa me cuentas
EliminarInteresante tu articulo. Soy escritor y mi seudónimo es el profesional como conferenciante, pero no me lo aceptan como marca porque muchos se llaman así: mi nombre FERNANDO GONZALEZ, mi seudónimo profesional TITO GONZALEZ, pero Tito y Gonzalez hay muchos. Así que no queda de otra que en los libros y más, colocar autor en letra de 4 puntos y Seudónimo o "Conocido" en 14 puntos. Tu articulo me ahorra dedicarme a perseguir cucuyos. Exitos amigo
ResponderEliminarHola, Tito. Igual puedes ver en los comentarios muchas soluciones y estrategias que algunos escritores han hecho para legalizar sus seudónimos. Mira que los colombianos somos muy recursivos. Cuídate y éxitos también tus derechos
EliminarHola Piper, buenos días, una pregunta: si el propósito del seudónimo es ocultar la identidad del autor de una obra, de que sirve si en el registro de la misma se coloca el nombre real del autor? Al ser un documento público cualquier persona podría preguntarle a la oficina a de derechos de autor por x obra y aparecerá el nombre real del autor no?
ResponderEliminarLo que me inquieta es que aunque se publique con seudónimo, acceder a la información real del autor sería fácil .
Hola, no sé hasta que punto la información de derechos de autor es pública y así fuera, la opción de publicar con seudónimo. Buen punto, lo investigaré. Cuídate, amigo.
EliminarHola. Piper, Steven.
EliminarNo creo que el objetivo del seudónimo sea ocultar la identidad del autor de una obra, pienso que para eso está la figura de "anónimo", el objetivo del seudónimo es ocultar el nombre real del autor para sobreponer un personaje mas llamativo y relativo a, en este caso, las obras que publique. El autor se "oculta" en otro nombre para que sea recordado como escritor o artista.
A mi personalmente me gustaría mucho publicar mis obras bajo seudónimo, ya que también soy empresario y espero que en varios aspectos puedan reconocer mi nombre real según mis objetivos y sin mezclarse mi vida literaria con mi vida empresarial hasta el punto de confundir, claro, tendría que ser demasiado famoso para eso, pero se vale soñar.
Éxitos amigos.
Así es. El Seudónimo funciona muy bien, cuando uno tiene una profesión distinta, y no quiere mezclar los dos oficios.
EliminarEn mi caso me ha traido una nueva experiencia hasta divertida, le puedo dar rienda suelta a mi alter ego cuando me pongo a escribir, que para mi es solo un hobby, ya que uno no puede vivir de eso.
Imaginen su empresa haciendo negocios con "Maluma" o publicitando un libro donde te burlas de la sociedad con el nombre "Arturo Calle", jeje.
ResponderEliminarJa, ja, ja. Buen punto, Felipe. Buen punto
EliminarVenir aquí y encontrarse con esta información es realmente triste. He registrado un gran número de obras a mi nombre otorgado por mis padres y hoy he querido hacerlo con un seudónimo por el motivo del texto que he escrito y me encuentro con un obstáculo increíble que no esperaba en lo absoluto. Es realmente triste.
ResponderEliminarHola, Henry. No te preocupes, ya he actualizado el artículo y explico cómo registrar el seudónimo. Así que corre ahora mismo hacia la Notaría segunda y enhorabuena con la escritura.
EliminarOjalá leas el mensaje que te envié. Saludos.
muchas gracias buen hombre
ResponderEliminarUn placer, querido visitante
EliminarEl registro del seudónimo es importante para que el editor que publica tu obra no se quede con los derechos patrimoniales de ella y así los puedas conservar tú, eso según la ley de Colombia. Lee el Art.8 del decreto 460 de 1995, busca en Google así:
ResponderEliminarfiletype:pdf decreto 460 de 1995 colombia
Dicho ésto, me gustaría preguntarte ¿por qué hay que ir hasta la notaría segunda de Bogotá? ¿Es para realizar el registro del seudónimo allí? Si es así, entonces es probable que se deba a que es la única maldita notaría en el país que tiene funcionarios verdaderamente capacitados para ejercer sus funciones...
Hola, PhxJack. Sí, el seudónimo debe estar registrado en notaria para poder registrar tu obra con seudónimo en la página de Derechos de Autor y no es que sea obligatorio ir a la notaria segunda de Bogotá, es que es la única que ha dado solución al problema. Muchos han hecho la prueba en sus respectivas ciudades (incluso yo) sin éxito. Hay un desconocimiento total de este proceso.
Eliminar¿Me podrías regalar el enlace de descarga para la declaración extrajuicio?
ResponderEliminarde antemano agradezco tu ayuda,
juankgarcia16@gmail.com
Hola, Juan Carlos. El enlace está dentro del artículo. Avísame si no puedes descargar el ejemplo de declaración, porfa
EliminarOsea, yo tengo 17 y quiero registrar un seudónimo que inventé para un proyecto de música.
ResponderEliminarMi pregunta es, es gratis?
y otra amigo Piper Valca: mi proyecto es de (música electrónica) algunos tracks que tengo, son solo sonidos sin palabras. ¿Como se registraría eso?
Me parece que tendrás que esperar a los 18 años...
EliminarHola, en cuanto a la primera pregunta: sí, la página de derecho de autor no te cobra un céntimo. Por lo del sonido, si entras verás que también hay registro de música y esas cosas pero no son mi caso, por lo que no sé si posee el mismo funcionamiento que las letras.
EliminarBásicamente significa que si quieres registrar tu seudónimo tienes que ir a la notaría segunda de Bogotá
ResponderEliminarLastimosamente sí. Hasta el momento es la única que ha dado respuesta y solución a ese proceso. De acuerdo a mi experiencia y la de los demás comentarios, el resto de notarías no tienen ni idea de qué se trata.
Eliminarhola piper, como se que mi seudonimo no lo tiene nadie mas?
ResponderEliminares que soy escritor y cantante y he visto que otras personas se llaman igual, pero pues yo quiero ese nombre para mi, ( jajaj yo se que seuna muy odioso, pero es que yo lo escoji sin saber que ya existia jaja) como podre hacer, o que me aconsejas??? si registro mi seudonimo, compite como nombre artisitico?????
Hola, Luis Da.
EliminarEl seudónimo es tu nombre artístico. Y si alguien ya lo tiene lo mejor es cambiarlo, ¿no crees? Cuídate
Buen dia
ResponderEliminarTengo dos preguntas
1. Es necesario tener un seudonimo para registrar tu obra en los derechos de autor?
2. Es gratis el tramite del seudonimo?
3. Se llevarian solo esos papeles a la notaria segunda y podria registrar mis obras?
Gracias
Hola. Intentaré responderte:
Eliminar1. En la página de derechos de autor dice que el seudónimo debe estar registrado si lo piensas usar ahí.
2.A parecer sí lo es pero yo no he hecho el ejercicio.
3. Es muy claro lo que explican los colegas escritores en su experiencia
Tengo que sacar cita en la notaria 2?
ResponderEliminarNo sé, anónimo. Para eso tendrás que ir y preguntar
EliminarPiper.
ResponderEliminarSoy abogados, llegue a tu publicación justo por que un usuario me lo mostró. Te asesoron mal a ti y a a Mary Heathcliff.
La solución. Un acto notarial es el cambio del nombre para modificar por ejemplo el "alias" o simplemente usar un apellido o nombre diferente, y otro es el de inscripción de seudónimo.
El cambio de nombre genera un cambio en el registro civil, al punto que cambia el registro civil. LA inscripción del seudónimo supone una inscripción en el registro civil, en el mismo sitio donde se inscribe por ejemplo las adopciones, que son tan privadas que nadie diferente a ti puede pedirla.
El tema es que esto no es una declaración extraproceso, sino que la escritura la incluye, pero se hace por escritura publica.
No tiene que ser en la notaria 2, puede ser en cualqueir notaria del país, o consulado si estan fuera.
Por ejemplo lo he hecho en la Notaria 44 sin problema
EliminarDisculpa, pero no me asesoraron mal. Yo no quiero cambio de nombre, ni cambiar mi registro civil, ni cambiar mi nombre mediante escritura pública. Lo que mencionas es otra cosa complemtamente distinta al seudónimo.
EliminarSi leíste bien, yo logré tener una declaración que juramenta que ese es mi seudónimo y aquí está la prueba: https://goo.gl/MKYJ8J Y ya sabemos que se puede en cualquier notaría, solo que en la notaría segunda conocen el proceso y no te ponen cara de asco como en las demás, ni te mandan a abogado ni a cambiarte el nombre, como lo estás haciendo tú.
Creo que el que se debe asesorar mejor sobre lo que queremos los escritores eres tú. Y sería bueno que firmaras tu comentario para saber con quién hablamos.
Unknown, Hola. El problema es que uno arrima a cualquier notaría para registrar seudónimo y ni siquiera se imaginan que es eso, o peor aún, te dicen que lo que tú quieres es un cambio de apellido. (No conocen el trámite que se está solicitando).
EliminarBuenas Tardes, hoy llamé a la registraduría segunda, y el asesor que me contestó, me dijo que es bajo una escritura pública y que tiene un valor entre 100.000 y 200.000 pesos, es esto cierto, o debo buscar por la declaración extra proceso, porque realmente él no me supo dar más información, y al igual que la mayoría, no quiero cambiar mi nombre en ningún documento público, sólo quiero registrar e seudónimo
ResponderEliminarTen cuidado, la mayoría de las notarías no conoce sobre estos procesos y pueden creer que se trata del cambio de nombre como puse en el artículo. Ya se ha solucionado y debes explicarle que es una declaración y extraproceso, a no ser que le preguntes si sabe de qué estás hablando. Lo más seguro es que no. Ve a la fija
EliminarBuenas tardes amigo, gracias por tu ayuda. Justamente tenía el mismo caso que expusiste. La notaria no sabia darme respuesta, con esto pude proceder con la declaración extrajuicio y hacer el registro en derecho de autor.
ResponderEliminarHola, Jfalbert. Es bueno saber que te sirvió. ¿Puedo preguntar en qué notaría lo hiciste?
EliminarBuenas amigo, me gusta tu declaración, además que me divertí mucho leyéndolo. tengo dudas: primero,¿La notaria de la que nos hablan en la página de derechos de autor, es sólo en Bogotá o puedo hacerlo en otro lugar, por ejemplo, vivo en Cali?
ResponderEliminarSegundo: ¿puedo hacer el tramite por Internet, es sumamente presencial?
Espero respuesta, Saludos
Hola, supongo que debe servir para cualquier notaria en todo el país. Al fin y al cabo también supongo que todas se deben regir de un mismo lineamiento. Talvez ponen esa por ser la de la capital, pero con esta información como base podemos acercarnos a cualquier sede. Espero te sirva mucho
EliminarHice todo el proceso según el este post, adjunte la declaración extraproceso con mis seudónimos y esperé a que se registrarán. Cuando llega el registro, al ver no está registrado con mis seudónimos, pongo una queja ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor y su respuesta es esta:
ResponderEliminar''Si bien su obra se encuentra registrada, es de anotar que al momento de su inscripción en el Registro Nacional de Derecho de Autor, la misma no se inscribió como obra seudónima, en razón a que, no se acreditó el seudónimo, es de tener en cuenta, que el documento aportado por usted (Declaración Juramentada ante notario Público), no es el instrumento legal idóneo para acreditar la constitución de su seudónimo.''
De nuevo me remiten a cambiarme el nombre y lo dejan claro citando estos artículos: artículo 6 del Decreto 999 de 1988 - artículo 3 del Decreto 1260 de 1970
Definitivamente, el seudónimo es una utopía en este país.
Qué desafortunada experiencia. En Colombia estamos años luz en temas de arte y avance. Que mal
EliminarMe pasó exactamente igual, ¿Qué hacer ahora?
EliminarBuenos días, quiero publicar con un seudónimo, ¿solo en la notaria segunda de Bogotá es posible?, o en Barranquilla también se puede, estuve averiguando en Barranquilla pero sin éxito alguno. :(
ResponderEliminarBuen día. Según me explicó una notaría en Bogotá por correo, se puede hacer en cualquier notaria del país.
EliminarMe cuenta cómo le va con la escritura pública la cual es la única forma en que la DNDA acepta, ya sabemos que no acepta declaración juramentada.
Buen día. Me tome la tarea de preguntar por correo electrónico a algunas notarias especificando sobre lo que la Dirección Nacional de Derechos de Autor pide como instrumento idóneo para validar un seudónimo en el registro de obras literarias, y me contestó una en Bogotá diciéndome que solo se puede hacer bajo (Escritura pública) en cualquier notaria a la que uno se dirija.
ResponderEliminarSe supone que deben tener la escritura pública para la inscripción del seudónimo... se supone, porque cuando fui a las dos notarias de mi ciudad, me miraron como bicho raro y, es más, en ambas me dijeron que nunca habían hecho eso y no tenían esa dichosa escritura pública por que llegaron a creer que era un cambio de nombre y para tal caso si contaban con la escritura pública. Y muy tranquilamente les expliqué la información que me había dado la DNDA sobre el decreto 1260 de 1970: en el numeral 4 se indica que son dos cosas completamente diferentes, el cambio de nombre y la declaración de seudónimo. Y muy campantemente en una me dijeron, “A bueno, consíganos la escritura pública y le hachamos el trámite” … Descarados.
Que tristeza, pero al menos aprendí que si hay una forma de inscribir el seudónimo para que la DNDA lo valide y es con la dichosa Escritura publica con lo que se puede hacer la declaración de seudónimo.
No sé si alguno ya paso por esto y tiene la escritura pública, de ser así, ¿pueden compartirla?
Si la llego a conseguir, se las comparto, pero en mi caso no pienso inscribir el seudónimo en la notaria donde me la pidieron. Que tal… prefiero viajar a otra ciudad e inscribirlo.
decreto 1260 de 1970: en el numeral 4
TITULO VI.
Del registro de nacimiento.
http://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?id=1254136
Piper Valca Gracias por este espacio. Un apretón de manos.
ResponderEliminarHola de nuevo.
ResponderEliminarBueno, me estrellé con el muro de un callejón sin salida.
Leí el blog por completo esta vez y veo que algunos ya habían pasado por esto.
En una de las notarías en la ciudad de Bucaramanga, después de haber presentado el dilema del seudónimo y la escritura pública y la DNDA, fueron muy amables en abordar el tema y hasta concluir que aprenderían algo nuevo con este caso que al parecer también era el primero. Creí que se daría todo, pero luego me remitieron a la señora “mas experiencia” y conocedora del tema a la cual le intente explicar que cambio de nombre y declaración de seudónimo son dos cosas distintas según decreto…
Me dijo que el seudónimo si implicaba modificación de cedula, bla bla bla.
Creo que cualquier forma con la que podamos corroborar que somos dueños de un seudónimo, es mejor que la opción dada por la DNDA, pero esto implica registrar las obras en dicha entidad si seudónimo y al momento de autoeditar, si es el caso, usarlo.
No se si la siguiente pregunta sobra, pero: ¿Sera posible registrar una obra en la DNDA de otro país?
Se me ocurre por dos razones:
1. Colombia no nos merece :D
2. Lo digo porque según vi en la de Argentina, piden pasaporte para el tramite a extranjeros y tienen hasta el trámite del seudónimo online.
https://www.argentina.gob.ar/justicia/derechodeautor/declaracionesjuradas
Bueno, espero que al menos se hayan reído de mi :D
Una alternativa internacional a DNDA, pero es privada:
Eliminarhttps://www.safecreative.org
Mil gracias, me ha sacado del aprieto.
ResponderEliminar¿Llego tarde? Por mas feo que suene es lindo ver como de tantas millones de personas en Colombia, ustedes marcan la diferencia y es por un mismo objetivo (innovar y salir de la zona de confort cosa que no hace Colombia). En mi caso sigue siendo difícil, pienso que entre mas pequeña la ciudad, menos experiencia tiene el personal de las notarias. Me han comunicado que "el registro debo hacerlo en la notaria en que mis padres me registraron al nacer" por lo que al intentar hacer el registro en otras notarias me dicen que es imposible. El segundo punto es que el personal de la notaria es --vulgarmente hablando-- terca, dicen que si o si es un cambio de documentos por lo que sigo consultando en que afecta (por ejemplo) en la cedula de ciudadanía y la verdad es que no veo que se refleje un seudónimo en los datos de tu DNI. Soy emprendedora por lo que mis objetivos de vida no son solo publicar mi libro con mi pseudónimo sino que también, promociono y patrocino ilustradores por Instagram, abrir algunos hoteles incluso trabajar en Alemania como enfermera jefe. Mi pregunta es: ¿El seudónimo aplica para todo lo que vaya hacer en toda mi vida? (lo que les mencioné anteriormente), o es que para cada actividad que vaya hacer ¿debo adjuntar una escritura diferente a la que adjuntaré en la pagina de derechos de autor?
ResponderEliminarMayo de 2023 y aún no lo hemos conseguido...
ResponderEliminarLlegué aquí después de leer todos los comentarios; por un momento me ilusioné con la declaración extraproceso, pero al parecer no es un documento válido para la DNDA.
Quizás, algún día consigamos la escritura pública necesaria sin afectar nuestros documentos.
Hasta entonces, les deseo muchas letras, obras y éxitos literarios
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
ResponderEliminarEs intrigante pensar en cómo el seudónimo puede ser un arma de doble filo, ya que, si bien puede crear una marca atractiva, también puede generar expectativas que tal vez no se correspondan con el contenido real. Registrar marca
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